Registro de Devolución Mensual de IVA REDEME.

 

El mes de Noviembre es el mes preciso para darse de alta en el registro mensual para la devolución de IVA REDEME.

En algunas entidades, debido a su actividad, las cuotas de IVA en la adquisición de bienes y servicios suelen ser superiores a la entrega de bienes o prestación de servicios. Por este motivo, puede resultar interesante solicitar la devolución mensual del IVA para mejorar la tesorería de la entidad. Este procedimiento se realiza dándose de alta en el Registro de Devolución Mensual.

 

 

¿Qué es el Registro de Devolución Mensual REDEME?

Es un registro censal en el que el sujeto pasivo del IVA puede obtener la devolución de IVA mes a mes. La inscripción a este registro es opcional para todas las empresas (físicas o jurídicas Sociedades, Empresarios, Profesionales, Comunidades de Bienes, UTES,…), incluso a Grupo de Entidades a efectos de IVA. Con excepción de los empresarios en Estimación Objetiva (Módulos). La inscripción en el registro se puede realizar solamente en el mes de Noviembre.

 

¿Cómo se presenta?

Se presenta mediante la presentación del modelo 036 (declaración censal) de forma Telemática o en las oficinas de la AEAT.

 

¿Cuándo se presenta?

La solicitud de inscripción se presentará en el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deban surtir su efecto, entrando en vigor en el mes de Enero próximo.

 

¿Cuáles son los requisitos para pertenecer al registro de devolución mensual del IVA REDEME?:

  • Que no se encuentren en alguno de los supuestos que podrían dan lugar a la baja cautelar en el Registro de Devolución Mensual o a la revocación del número de identificación fiscal.
  • Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • Que no realicen actividades que tributen en el régimen simplificado.
  • Que soliciten la inscripción mediante la presentación de la declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (modelo 036).
  • En el caso de entidades acogidas al régimen especial del grupo de entidades del IVA, la inscripción en el registro se solicitará a través del modelo 039 “Comunicación Régimen Especial de Grupos de Entidades” y sólo procederá cuando todas las entidades del grupo que apliquen dicho régimen especial así lo hayan acordado y reúnan los requisitos establecidos en este apartado.

 

¿Qué obligaciones fiscales conlleva el Registro de Devolución Mensual REDEME?:

  • Tendrán que presentarse las declaraciones del IVA Modelo 303 con periodicidad mensual. (Esta obligación no sería nueva para las empresas que tengan la condición de Grandes empresas).
  • Tendrán que presentarse las declaraciones informativas mensuales con el contenido de los libros registro del IVA a través del Modelo 340.

 

¿Cuánto tiempo hay que permanecer en el Registro de Devolución Mensual REDEME?

Los sujetos pasivos inscritos en el Régimen de Devolución Mensual de IVA son encontraran obligados a permanecer en él al menos durante el año que se solicitó la inscripción.

 

Aficor Asesoría REDEME

IVA REDEME

 

 

 

 

Para cualquier cuestión, estaremos encantados de atenderte.

info@aficor.es

 

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies